Miembros
Artículo 28 del Acuerdo 011 de 2005 del Consejo Superior Universitario
- Presidente: MOISÉS WASSERMAN LERNER - Rector.
- WILLIAM ARIEL SARACHE CASTRO - Vicerrector de Sede (Preside el Consejo en ausencia del Rector).
- ANDRÉS ROSALES RIVERA - Decano Facultad de Ciencias Exactas y Naturales.
- LUZ ARABANY RAMÍREZ CASTAÑEDA - Decana Facultad de Administración.
- CAMILO YOUNES VELOSA - Decano Facultad de Ingeniería y Arquitectura.
- EDUARDO JOSÉ VILLEGAS JARAMILLO - Director Académico.
- JORGE JULIÁN VÉLEZ UPEGUI - Representante de Centros e Institutos.
- NÉSTOR DARÍO DUQUE MÉNDEZ - Director de Investigación y Extensión.
- ANTONIO RAAD ALJURE - Representante de Entidades Externas.
- DANIEL ALBERTO ARIAS TABORDA - Representante de Profesores (Principal).
- JULIANA TORO ARIAS - Representante Estudiantil de posgrado (Suplente).
- SIMÓN ARIAS LASSO - Representante Estudiantil de pregrado.
- SANTIAGO RUIZ HERRERA - Director de Bienestar Universitario.
- Secretario: GABRIEL HERNÁN GONZÁLEZ GIL - Secretario de Sede.
Funciones
Artículo 50 del Acuerdo 011 de 2005 del Consejo Superior Universitario
Son funciones del Consejo de Sede, además de las que le sean asignadas en la organización académico-administrativa, en los estatutos y normas generales de la Universidad y las que le deleguen otras autoridades y organismos de la Universidad, las siguientes:
1. Propender por la integración y adaptación de la Sede a las necesidades regionales y locales y por su internacionalización.
2. Aprobar la creación, modificación o supresión de los programas académicos y de las unidades académicas y administrativas, cuando ello le sea delegado por el Consejo Superior Universitario o el Consejo Académico, según el caso.
3. Evaluar los informes de gestión de los Vicerrectores de Sede y de los Decanos y remitir dicha evaluación al Rector y al Consejo Superior Universitario.
4. Hacer cumplir el calendario académico de la Sede de acuerdo con el calendario general anual de la Universidad aprobado por el Consejo Superior Universitario.
5. Fijar el número máximo de estudiantes que pueden admitirse en cada programa curricular y para cada período académico, previa recomendación del correspondiente Consejo de Facultad.
6. Disponer las medidas indispensables para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y los que, en concordancia con ellos, se adopten para la Sede.
7. Actuar como segunda y última instancia en los asuntos académicos de los docentes y estudiantes susceptibles de apelación, por lo que contra sus decisiones no procede recurso alguno.
8. Proponer la estructura académico-administrativa interna de la Sede y sus modificaciones, para recomendación por parte del Consejo Académico y la consideración y aprobación posterior del Consejo Superior Universitario.
9. Convocar, coordinar y dirigir el proceso de participación de la Sede en la formulación del Plan Global de Desarrollo y del Plan de Acción de la Sede.
10. Aprobar el Plan de Acción de la Sede, en armonía con el Plan Global de Desarrollo, así como establecer y aplicar sistemas de evaluación institucional del mismo.
11. Consolidar el proyecto de presupuesto de la Sede a partir de las propuestas enviadas por las Facultades, y ajustar el presupuesto de la Sede en armonía con el Presupuesto General de la Universidad, conforme a los regímenes presupuestal y financiero y de planeación de la Universidad.
12. Conformar con carácter temporal o permanente comisiones para el ejercicio de cualquiera de sus funciones, y definir los términos y condiciones para el ejercicio de la delegación que se les confiera.